El titular registral puede solicitar la inmovilización temporal de la partida del predio mediante el formato y declaraciones exigidos por SUNARP. La medida busca impedir inscripciones voluntarias de transferencia, carga o gravamen durante el plazo solicitado, con las excepciones y controles de la directiva.
Qué debe analizarse antes de actuar
La inmovilización es distinta de Alerta Registral: una informa y la otra limita determinados actos voluntarios. Debe declararse la situación del predio y puede fijarse un plazo hasta el máximo normativo vigente. No borra embargos, demandas ni cargas existentes y puede requerir levantamiento cuando el propietario decida transferir. Debe revisarse la directiva vigente, especialmente si existen actos no inscritos de fecha anterior.
Pasos recomendados
- Obtén partida actualizada y verifica titularidad.
- Revisa si existen actos voluntarios pendientes o no inscritos.
- Completa el formato y declaración oficial.
- Presenta, controla la inscripción y guarda el aviso electrónico.
Documentos útiles
Solicitud de título, formato de inmovilización, DNI y partida del predio.
Error que conviene evitar
No inmovilices ocultando una venta, hipoteca o carga voluntaria previa no inscrita.
Ejemplo práctico
Una persona que se ausentará de Cusco varios años puede inmovilizar su predio y mantener además la alerta registral.
Base legal peruana verificada
Fuentes oficiales utilizadas:
