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Inicio › Preguntas legales › Derecho notarial › ¿Cuál es la diferencia entre minuta y escritura pública?
Derecho notarial peruano · Escrituras y transferencias

¿Cuál es la diferencia entre minuta y escritura pública?

Diferencia entre minuta firmada por abogado y escritura pública autorizada por notario.

Respuesta directa

La minuta contiene el acto o contrato privado que las partes presentan al notario, normalmente con autorización de abogado. La escritura pública es el instrumento protocolar que el notario extiende y autoriza incorporando la declaración de voluntad y cumpliendo formalidades legales.

Qué debe analizarse antes de actuar

No todos los actos requieren minuta y no toda minuta necesita elevarse a escritura. Para actos que acceden al registro, la ley suele exigir parte notarial de escritura pública. El notario verifica identidad, capacidad, representación y legalidad formal; luego conserva la matriz y expide traslados. La inscripción es una etapa distinta a cargo de SUNARP, que califica el título.

Pasos recomendados

  1. Determina la forma exigida para el acto.
  2. Revisa cláusulas, bienes, precio, poderes y tributos.
  3. Firma únicamente cuando el texto final refleje el acuerdo.
  4. Solicita presentación registral y controla el asiento.

Documentos útiles

Minuta, DNI, partidas, poderes, medios de pago y constancias tributarias según el acto.

Error que conviene evitar

Tener una minuta con firmas no significa necesariamente que el acto ya pueda inscribirse ni que se completó la transferencia registral.

Ejemplo práctico

En una compraventa de predio, la minuta sirve de base; el notario extiende la escritura y presenta su parte a SUNARP.

Base legal peruana verificada

Fuentes oficiales utilizadas:

  • Ley del Notariado, escrituras públicas
  • SUNARP: compraventa de inmueble
  • PRODUCE: elaboración de escritura

Revisión jurídica y editorial: 24 de octubre de 2026. Se contrastaron la Ley del Notariado, la Ley 26662 y procedimientos oficiales aplicables. Competencia, precio, documentos y resultado dependen del acto y su calificación. Contenido informativo; no sustituye asesoría individual.

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Antes de ir a la notaría

Ordena identidad, representación, partidas y documentos del acto. No firmes espacios en blanco.

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