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Inicio › Preguntas legales › Derecho laboral › ¿Cómo se calcula la indemnización por despido arbitrario?
Derecho laboral peruano · Despido y fin de la relación laboral

¿Cómo se calcula la indemnización por despido arbitrario?

Cálculo de la indemnización por despido arbitrario en contratos indeterminados y temporales del régimen privado peruano, con topes y diferencias.

Respuesta directa

En un contrato indeterminado del régimen privado común, la regla legal es una remuneración y media ordinaria mensual por cada año completo, con fracciones por dozavos y treintavos y un máximo de doce remuneraciones. En un contrato sujeto a modalidad resuelto arbitrariamente antes del vencimiento, la regla es una remuneración y media por cada mes que faltaba, también con tope de doce remuneraciones.

Qué debe analizarse antes de actuar

Primero debe confirmarse el régimen, la modalidad contractual, la remuneración computable y si realmente existió despido arbitrario. No todos los conceptos recibidos forman parte del cálculo; se consideran los remunerativos, regulares y de libre disposición conforme a las reglas pertinentes. En el contrato temporal, la indemnización mira el tiempo pendiente hasta el vencimiento; en el indeterminado mira el tiempo laborado. La indemnización tampoco sustituye CTS, vacaciones o gratificación trunca, que se liquidan por separado. Los regímenes MYPE u otros especiales pueden establecer reglas distintas.

Pasos recomendados

  1. Identifica si el contrato era indeterminado, temporal, parcial o pertenecía a un régimen especial.
  2. Determina la remuneración ordinaria computable con boletas y conceptos regulares.
  3. Calcula años, meses y días laborados o, si era temporal, meses pendientes hasta el vencimiento.
  4. Separa la indemnización de la liquidación de beneficios y verifica el tope legal.

Documentos y pruebas útiles

Contrato y renovaciones, boletas de los últimos meses, constancia de baja, carta de despido, liquidación y acreditación de pagos variables regulares.

Error que conviene evitar

No uses automáticamente la fórmula de doce sueldos: doce remuneraciones es el tope, no el monto fijo. Tampoco apliques al contrato temporal la fórmula por años del contrato indeterminado.

Ejemplo práctico

Con remuneración computable de S/ 2,000 y dos años completos en contrato indeterminado, la operación base sería 1.5 × 2,000 × 2, antes de revisar fracciones y conceptos. Un contrato temporal con cuatro meses pendientes utiliza una lógica distinta.

Base legal peruana verificada

Consulta las normas y documentos oficiales utilizados para esta explicación:

  • TUO de la LPCL, arts. 38 y 76
  • SUNAFIL: indemnización y pagos posteriores al cese
  • SUNAFIL: diferencia para contratos sujetos a modalidad
  • Calculadora referencial oficial del MTPE

Revisión jurídica y editorial: 23 de octubre de 2026. La explicación se refiere principalmente al régimen laboral privado común; los regímenes MYPE, público y especiales pueden variar. Contenido informativo general, no sustituye asesoría individual.

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